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1000 Soluciones en Prevención de Riesgos Laborales

Por: Idioma: Español Detalles de publicación: Valencia (España): Wolters Kluwer España, 2009Descripción: 694 páginas 17 x 24 cmTipo de contenido:
  • text
Tipo de medio:
  • no mediado
Tipo de soporte:
  • volumen
ISBN:
  • 9788482358611
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 363.11 GOMm
Contenidos:
Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales.-- Ley de prevención de riesgos laborales.-- Promoción de la prevención.-- Derechos y obligaciones generales.-- Obligaciones específicas en cumplimiento del deber general de protección.-- Desarrollo de la coordinación de actividades empresariales. Real decreto 17/2004, de 30 de enero.-- El trabajador autónomo y la prevención de riesgos laborales.-- Órganos de representación y participación en materia preventiva.-- Organización de recursos para las actividades preventivas.-- Auditorías reglamentarias.-- Funciones y niveles de cualificación para el ejercicio de actividades preventivas y entidades de formación.-- Estrategia española de seguridad y salud en el trabajo 2007-2012.-- Responsabilidades y sanciones.-- Promoción pública de la prevención.-- Organismos públicos en materia de prevención.-- La inspección de trabajo y seguridad social.-- Comunidad autónoma del país vasco: osalan-instituto vasco de seguridad y salud laborales.-- Comunidad foral de Navarra: Instituto Navarro de salud laboral.-- Comunidad de Madrid: Instituto regional de seguridad.-- Comunidad de la Rioja. Instituto Riojano de salud laboral.-- Comunidad autónoma de Canarias: Instituto Canario de Seguridad laboral.-- Comunidad de Cataluña: Centros de seguridad y condiciones de Salud de Barcelona, Tarragona, Lleida I Girona.-- Comunidad de Castilla y León: Organización institucional de la prevención.-- Comunidad autónoma de Valencia: Instituto Valenciano de seguridad y salud en el trabajo.-- Comunidad autónoma de Galicia: Instituto y Consejo Gallego de seguridad y salud laboral.-- Comunidad autónoma del principado de Asturias: Instituto Asturiano de prevención de riesgos laborales.-- Comunidad autónoma de Aragón: Instituto Aragonés de seguridad y salud laboral.-- Comunidad de las Islas Baleares: Consejo de salud laboral.-- Comunidad autónoma de Andalucía: Instituto Andaluz de prevención de riesgos laborales.-- Lugares de trabajo.-- Disposiciones generales y obligaciones del empresario.-- Condiciones generales en los lugares de trabajo.-- Orden, limpieza y mantenimiento.-- Condiciones ambientales de los lugares de trabajo.-- Iluminación de los lugares de trabajo.-- Servicios higiénicos y locales de descanso.-- Material y locales de primeros auxilios.-- Señalización.-- Disposiciones generales.-- Definiciones.-- Obligaciones empresariales.-- Disposiciones mínimas de carácter general relativas a la señalización de seguridad y salud en el lugar de trabajo.-- Colores de seguridad.-- Señales en forma de panel.-- Señales luminosas y acústicas.-- Comunicaciones verbales.-- Señales gestuales.-- Señalizaciones específicas.-- Equipos de trabajo.-- Disposiciones mínimas generales aplicables a los equipos de trabajo.-- Disposiciones mínimas adicionales aplicables a los equipos de trabajo móviles, ya sean automotores o no.-- Condiciones generales de utilización de los equipos de trabajo.-- Condiciones de utilización de los equipos de trabajo móviles, automotores o no.-- Condiciones de utilización de equipos de trabajo para la elevación de cargas.-- Utilización de equipos de trabajo para la realización de trabajos temporales en altura: Disposiciones generales.-- Trabajos temporales en altura: utilización de escaleras de mano.-- Trabajos temporales en altura: utilización de andamios.-- Trabajos temporales en altura: Técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas.-- Equipos de protección individual: utilización por los trabajadores.-- Lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección individual (Anexo I).-- Lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual.-- Evaluación de equipos de protección individual: cascos de protección para la industria.-- Evaluación de equipos de protección individual: protectores de los ojos y de la cara.-- Evaluación de equipos de protección individual: protectores de oído.-- Evaluación de equipos de protección individual: protectores de las vías respiratorias.-- Evaluación de equipos de protección individual: Guantes de protección.-- Evaluación de equipos de protección individual: Zapatos y botas de seguridad.-- Evaluación de equipos de protección individual: Ropa de protección.-- Evaluación de equipos de protección individual: chalecos salvavidas para la industria.-- Evaluación de equipos de protección individual: Protectores contra las caídas.-- Equipos de protección individual: utilización por los trabajadores.-- Riesgos eléctricos.-- Trabajos sin tensión: Supresión de la tensión. Directrices para la elaboración de procedimientos de trabajo.-- Trabajo sin tensión: reposición de la tensión.-- Trabajo sin tensión: directrices para la elaboración de procedimientos de trabajo.-- Maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones.-- Trabajos en proximidad.-- Trabajos en emplazamientos con riesgo de incendio o explosión. Electricidad estática.-- Construcción.-- Disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases de proyecto y ejecución de las obras.-- Obligaciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra.-- Obligaciones de los contratistas y subcontratistas y de los trabajadores autónomos.-- Libro de incidencias. Paralización de trabajos.-- Otras obligaciones.-- Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción. Riesgos especiales para la seguridad y la salud.-- Condiciones mínimas generales de seguridad y de salud relativas a los lugares de trabajo en obras.-- Condiciones mínimas específicas relativas a los puestos de trabajo en las obras en el interior de los locales.-- Disposiciones mínimas específicas relativas a puestos de trabajo en las obras en el exterior de los locales.-- La subcontratación.-- Formación.-- Buques de pesca.-- Disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los buques de pesca nuevos.-- Disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los buques de pesca nuevos: características estructurales.-- Disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los buques de pesca existentes.-- Disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a los medios de salvamento y supervivencia.-- Disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a los equipos de protección individual.-- Industria extractivas.-- Disposiciones mínimas comunes aplicables a las industrias extractivas a cielo abierto o subterráneas así como a las dependencias de superficie.-- Disposiciones mínimas especiales aplicables a las industrias extractivas a cielo abierto.-- Disposiciones mínimas especiales aplicables a la industrias extractivas subterráneas.-- Higiene industrial, agente físico: ruido.-- Evaluación de los riesgos derivados de la exposición al ruido.-- Disposiciones encaminadas a evitar o a reducir la exposición a los riesgos derivados de la exposición al ruido.-- Vigilancia de la salud por exposición.-- Higiene industrial. agente físicos: vibraciones mecánicas.-- Valores límite de exposición y valores de exposición que dan lugar a una acción.-- Determinación y evaluación de los riesgos.-- Disposiciones encaminadas a evitar o a reducir la exposición.-- Información, formación, consulta y participación.-- Vigilancia de la salud.-- Higiene industrial. Agente físico: radiaciones ionizantes.-- Limitación de dosis.-- Prevención radiológica.-- Evaluación de la exposición.-- Registro y notificación de resultados.-- Vigilancia sanitaria de los trabajadores expuestos.-- Trabajadores externos.-- Higiene industrial. Agentes químicos.-- Evaluación de riesgos químicos.-- Prevención del riesgo químico.-- Vigilancia de la salud.-- Otras medidas específicas o derivadas.-- Valores límite ambientales de aplicación obligatoria.-- Higiene industrial: Amianto.-- Obligaciones básicas de empresario.-- Evaluación y control del ambiente de trabajo.-- Medidas técnicas generales de prevención.-- Medidas organizativas.-- Equipos de protección individual de las vías respiratorias.-- Medidas de higiene personal y de protección individual.-- Disposiciones específicas para determinadas actividades.-- Planes de trabajo.-- Formación de los trabajadores.-- Información de los trabajadores. Consulta y participación.-- Vigilancia de la salud de los trabajadores.-- Otras disposiciones.-- Higiene industrial: agentes cancerígenos o mutágenos.-- Identificación y evaluación de los riesgos.-- Protección general frente a la exposición a riesgos cancerígenos o mutágenos.-- Medidas de higiene personal y de protección individual.-- Exposiciones accidentales y exposiciones no regulares.-- Vigilancia de la salud de los trabajadores.-- Documentación.-- Información a las autoridades competentes.-- Formación, información, consulta y participación.-- Higiene industrial: agentes Biológicos.-- Clasificación de los agentes biológicos.-- Identificación y evaluación de riesgos.-- Protecciones contra los riesgos biológicos.-- Reducción de los riesgos: medidas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.-- Medidas higiénicas.-- Vigilancia de la salud de los trabajadores.-- Documentación.-- Notificación a la autoridad laboral.-- Información a las autoridades competentes.-- Información y formación de los trabajadores. Consulta y participación.-- Requisitos de los equipos que incluyen pantallas de visualización..-- Entorno en el que se utilizan equipos que incluyen pantallas de visualización.-- Interconexión ordenador/persona.-- Teletrabajo.-- Movimiento manual de cargas.-- Disposiciones generales.-- Obligaciones empresariales.-- Factores de riesgo: características de la carga.-- Esfuerzo físico necesario.-- Características del medio de trabajo.-- Exigencias de la actividad.-- Factores individuales de riesgo.
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Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales.--
Ley de prevención de riesgos laborales.--
Promoción de la prevención.--
Derechos y obligaciones generales.--
Obligaciones específicas en cumplimiento del deber general de protección.--
Desarrollo de la coordinación de actividades empresariales. Real decreto 17/2004, de 30 de enero.--
El trabajador autónomo y la prevención de riesgos laborales.--
Órganos de representación y participación en materia preventiva.--
Organización de recursos para las actividades preventivas.--
Auditorías reglamentarias.--
Funciones y niveles de cualificación para el ejercicio de actividades preventivas y entidades de formación.--
Estrategia española de seguridad y salud en el trabajo 2007-2012.--
Responsabilidades y sanciones.--
Promoción pública de la prevención.--
Organismos públicos en materia de prevención.--
La inspección de trabajo y seguridad social.--
Comunidad autónoma del país vasco: osalan-instituto vasco de seguridad y salud laborales.--
Comunidad foral de Navarra: Instituto Navarro de salud laboral.--
Comunidad de Madrid: Instituto regional de seguridad.--
Comunidad de la Rioja. Instituto Riojano de salud laboral.--
Comunidad autónoma de Canarias: Instituto Canario de Seguridad laboral.--
Comunidad de Cataluña: Centros de seguridad y condiciones de Salud de Barcelona, Tarragona, Lleida I Girona.--
Comunidad de Castilla y León: Organización institucional de la prevención.--
Comunidad autónoma de Valencia: Instituto Valenciano de seguridad y salud en el trabajo.--
Comunidad autónoma de Galicia: Instituto y Consejo Gallego de seguridad y salud laboral.--
Comunidad autónoma del principado de Asturias: Instituto Asturiano de prevención de riesgos laborales.--
Comunidad autónoma de Aragón: Instituto Aragonés de seguridad y salud laboral.--
Comunidad de las Islas Baleares: Consejo de salud laboral.--
Comunidad autónoma de Andalucía: Instituto Andaluz de prevención de riesgos laborales.--
Lugares de trabajo.--
Disposiciones generales y obligaciones del empresario.--
Condiciones generales en los lugares de trabajo.--
Orden, limpieza y mantenimiento.--
Condiciones ambientales de los lugares de trabajo.--
Iluminación de los lugares de trabajo.--
Servicios higiénicos y locales de descanso.--
Material y locales de primeros auxilios.--
Señalización.--
Disposiciones generales.--
Definiciones.--
Obligaciones empresariales.--
Disposiciones mínimas de carácter general relativas a la señalización de seguridad y salud en el lugar de trabajo.--
Colores de seguridad.--
Señales en forma de panel.--
Señales luminosas y acústicas.--
Comunicaciones verbales.--
Señales gestuales.--
Señalizaciones específicas.--
Equipos de trabajo.--
Disposiciones mínimas generales aplicables a los equipos de trabajo.--
Disposiciones mínimas adicionales aplicables a los equipos de trabajo móviles, ya sean automotores o no.--
Condiciones generales de utilización de los equipos de trabajo.--
Condiciones de utilización de los equipos de trabajo móviles, automotores o no.--
Condiciones de utilización de equipos de trabajo para la elevación de cargas.--
Utilización de equipos de trabajo para la realización de trabajos temporales en altura: Disposiciones generales.--
Trabajos temporales en altura: utilización de escaleras de mano.--
Trabajos temporales en altura: utilización de andamios.--
Trabajos temporales en altura: Técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas.--
Equipos de protección individual: utilización por los trabajadores.--
Lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección individual (Anexo I).--
Lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual.--
Evaluación de equipos de protección individual: cascos de protección para la industria.--
Evaluación de equipos de protección individual: protectores de los ojos y de la cara.--
Evaluación de equipos de protección individual: protectores de oído.--
Evaluación de equipos de protección individual: protectores de las vías respiratorias.--
Evaluación de equipos de protección individual: Guantes de protección.--
Evaluación de equipos de protección individual: Zapatos y botas de seguridad.--
Evaluación de equipos de protección individual: Ropa de protección.--
Evaluación de equipos de protección individual: chalecos salvavidas para la industria.--
Evaluación de equipos de protección individual: Protectores contra las caídas.--
Equipos de protección individual: utilización por los trabajadores.--
Riesgos eléctricos.--
Trabajos sin tensión: Supresión de la tensión. Directrices para la elaboración de procedimientos de trabajo.--
Trabajo sin tensión: reposición de la tensión.--
Trabajo sin tensión: directrices para la elaboración de procedimientos de trabajo.--
Maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones.--
Trabajos en proximidad.--
Trabajos en emplazamientos con riesgo de incendio o explosión. Electricidad estática.--
Construcción.--
Disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases de proyecto y ejecución de las obras.--
Obligaciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra.--
Obligaciones de los contratistas y subcontratistas y de los trabajadores autónomos.--
Libro de incidencias. Paralización de trabajos.--
Otras obligaciones.--
Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción. Riesgos especiales para la seguridad y la salud.--
Condiciones mínimas generales de seguridad y de salud relativas a los lugares de trabajo en obras.--
Condiciones mínimas específicas relativas a los puestos de trabajo en las obras en el interior de los locales.--
Disposiciones mínimas específicas relativas a puestos de trabajo en las obras en el exterior de los locales.--
La subcontratación.--
Formación.--
Buques de pesca.--
Disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los buques de pesca nuevos.--
Disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los buques de pesca nuevos: características estructurales.--
Disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los buques de pesca existentes.--
Disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a los medios de salvamento y supervivencia.--
Disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a los equipos de protección individual.--
Industria extractivas.--
Disposiciones mínimas comunes aplicables a las industrias extractivas a cielo abierto o subterráneas así como a las dependencias de superficie.--
Disposiciones mínimas especiales aplicables a las industrias extractivas a cielo abierto.--
Disposiciones mínimas especiales aplicables a la industrias extractivas subterráneas.--
Higiene industrial, agente físico: ruido.--
Evaluación de los riesgos derivados de la exposición al ruido.--
Disposiciones encaminadas a evitar o a reducir la exposición a los riesgos derivados de la exposición al ruido.--
Vigilancia de la salud por exposición.--
Higiene industrial. agente físicos: vibraciones mecánicas.--
Valores límite de exposición y valores de exposición que dan lugar a una acción.--
Determinación y evaluación de los riesgos.--
Disposiciones encaminadas a evitar o a reducir la exposición.--
Información, formación, consulta y participación.--
Vigilancia de la salud.--
Higiene industrial. Agente físico: radiaciones ionizantes.--
Limitación de dosis.--
Prevención radiológica.--
Evaluación de la exposición.--
Registro y notificación de resultados.--
Vigilancia sanitaria de los trabajadores expuestos.--
Trabajadores externos.--
Higiene industrial. Agentes químicos.--
Evaluación de riesgos químicos.--
Prevención del riesgo químico.--
Vigilancia de la salud.--
Otras medidas específicas o derivadas.--
Valores límite ambientales de aplicación obligatoria.--
Higiene industrial: Amianto.--
Obligaciones básicas de empresario.--
Evaluación y control del ambiente de trabajo.--
Medidas técnicas generales de prevención.--
Medidas organizativas.--
Equipos de protección individual de las vías respiratorias.--
Medidas de higiene personal y de protección individual.--
Disposiciones específicas para determinadas actividades.--
Planes de trabajo.--
Formación de los trabajadores.--
Información de los trabajadores. Consulta y participación.--
Vigilancia de la salud de los trabajadores.--
Otras disposiciones.--
Higiene industrial: agentes cancerígenos o mutágenos.--
Identificación y evaluación de los riesgos.--
Protección general frente a la exposición a riesgos cancerígenos o mutágenos.--
Medidas de higiene personal y de protección individual.--
Exposiciones accidentales y exposiciones no regulares.--
Vigilancia de la salud de los trabajadores.--
Documentación.--
Información a las autoridades competentes.--
Formación, información, consulta y participación.--
Higiene industrial: agentes Biológicos.--
Clasificación de los agentes biológicos.--
Identificación y evaluación de riesgos.--
Protecciones contra los riesgos biológicos.--
Reducción de los riesgos: medidas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.--
Medidas higiénicas.--
Vigilancia de la salud de los trabajadores.--
Documentación.--
Notificación a la autoridad laboral.--
Información a las autoridades competentes.--
Información y formación de los trabajadores. Consulta y participación.--
Requisitos de los equipos que incluyen pantallas de visualización..--
Entorno en el que se utilizan equipos que incluyen pantallas de visualización.--
Interconexión ordenador/persona.--
Teletrabajo.--
Movimiento manual de cargas.--
Disposiciones generales.--
Obligaciones empresariales.--
Factores de riesgo: características de la carga.--
Esfuerzo físico necesario.--
Características del medio de trabajo.--
Exigencias de la actividad.--
Factores individuales de riesgo.

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